Sistema de Sugerencias y Reclamaciones

El objeto

Para una correcta tramitación de su escrito le informamos que según el Reglamento de Sugerencias y Reclamaciones del Cabildo de Gran Canaria se entiende por reclamación, aquella queja relativa a tardanzas, desatenciones o cualquier otra anomalía en los servicios prestados por el Cabildo de Gran Canaria.

Quedan excluidas de este Sistema de Reclamaciones y Sugerencias:

Reclamaciones, alegaciones o recursos administrativos relativos a procedimientos específicos. Por ejemplo: Reclamaciones a Convocatorias de exámenes, Relamaciones de Responsabilidad Patrimonial. Tramitar en la sede electrónica a través delsiguiente enlace: Instancia General

 

Avisos de Incidencia. Por ejemplo: carreteras en mal estado, suciedad en los montes, desperfectos en las marquesinas insulares de las guaguas, etc. Si son relativas a emergencias debe dirigirse al 112. Tramitar a través del siguiente formulario de la web: Aviso de Incidencias

 

Comunícate con nosotros. A través de este trámite puede presentar :
  • Agradecimientos y felicitaciones de los servicios prestados por la Corporación.
  • Contacte con su representante y pida cita con nuestro Presidente y Consejeros
  • Comunicaciones
  • Ofrecimiento de sus servicios
Tramitar a través del siguiente formulario de la web: Comunícate con nosotros

 

Iniciativas ciudadanas. Creación de iniciativas sobre un tema que le interese o le preocupe, para que el Cabildo de Gran Canaria la lleve a cabo. Tramitar a través de la web: Participa Gran Canaria

 

Las reclamaciones relativas a tardanzas, desatenciones o cualquier otra anomalía en los servicios prestados por otras administraciones.

 

Las reclamaciones de los empleados públicos y autoridades en orden a sus relaciones de prestación de servicios en el Cabildo de Gran Canaria.

 

Las sugerencias y reclamaciones formuladas de acuerdo con lo previsto en este Reglamento, no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni de reclamaciones bien sean previas a las vías judiciales civil o laboral, económico- administrativas o de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública del Cabildo de Gran Canaria ni su presentación suspenderá los plazos establecidos en la normativa vigente para la resolución de recursos y reclamaciones sin perjuicio de lo previsto en el artículo 115.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en este Reglamento. 

 

Destinatarios

Los ciudadanos e instituciones públicas o privadas tienen derecho a presentar sugerencias relativas a la creación, ampliación o mejora de los servicios prestados por el Cabildo de Gran Canaria y reclamaciones por tardanzas, desatenciones o cualquier otra anomalía en el funcionamiento de los mismos.

La presentación de sugerencias y reclamaciones no condiciona en modo alguno el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados. 

Presentación

Se podrán presentar todas las sugerencias y reclamaciones que se considere a lo largo de todo el año 

Órgano de inicio

El Responsable de Sugerencias y Reclamaciones de la Oficina de Información y Atención al Ciudadano comunicará por escrito al interesado la recepción de la reclamación o sugerencia y el cauce que le se dará para su solución. En el caso en que la reclamación o sugerencia no cumpla alguno de los requisitos de presentación establecidos o en el caso de necesitar documentación adicional, se realizará un Requerimiento de Documentación al interesado indicándole los pasos a seguir para subsanar las deficiencias y otorgándole un plazo de 10 días hábiles para la presentación de la documentación. Si pasado este periodo el interesado no ha presentado la documentación requerida, se dará por cerrada la reclamación o sugerencia.

Órgano de resolución

Las reclamaciones formuladas en la forma prevista se clasificarán y se asignarán al jefe de servicio (o responsable en otros Organismos) del Servicio competente que deberá asegurar la gestión de la reclamación según los criterios establecidos y con la mayor celeridad posible.

Observaciones

Según el artículo 8 del Reglamento regulador del funcionamiento del proceso de sugerencias y reclamaciones en el Cabildo de Gran Canaria:

1. Recibida en forma una sugerencia o una reclamación, el órgano competente para conocer de ella la valorará y adoptará en su caso las medidas que estime oportunas para lograr su plena efectividad y comunicará a la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía (OIAC) las medidas adoptadas.

2. En un plazo máximo de 20 días a contar a partir del día de registro en el órgano competente para la valoración de la reclamación o sugerencia, la Oficina de Información y Atención Ciudadana contestará al interesado informándole de la decisión adoptada.

3. El Responsable de sugerencias y reclamaciones de la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía deberá asegurar la gestión de la reclamación y la contestación según los criterios establecidos en este Reglamento. 

 

Vías de tramitación

Sede electrónica

Presencial

Telefónica

CANALES DE PRESENTACIÓN

Puede presentar la Hoja de Sugerencias y Reclamaciones con la documentación que considere de manera telemáticapresencial telefónica.

  • Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 (*) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

A través de:

  1.  Nuestra Sede electrónica. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónica) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos

  2.  La Sede electrónica de la AGE. Si existieran problemas técnicos en nuestra Sede Electrónica podrá usarse la de la Administración General del Estado o, también, si no existiera formulario a través del cual pueda realizar el trámite que necesite.

  3.  En el caso del Sector Público, si no existiera formulario espécifico para el trámite que necesite en nuestra Sede electrónica, puede realizarlo a través de su Registro Electrónico, siempre que esté integrado en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).

  • Presencial ( solo para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    • En nuestras oficinas (Registro General (OIAC) y Registros Desconcentrados del Cabildo), debe solicitar CITA PREVIA. En el siguiente enlace se encuentran los datos de contacto de cada una de ellas para pedir la cita:
    • Así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos del Sector Público (Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, entidades que integran la Administración Local y Sector Público Institucional).

    • En las oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida.

    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    • En las oficinas de asistencia en materia de registro.

    • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 (*) Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

  • Telefónico :

No pueden ser anónimas, en la llamada deberá siempre facilitar sus datos de identificación y de contacto. Se transcribirá su Sugerencia/Reclamación, que deberá ratificar en el plazo de 3 días:

1.  Presencialmente en la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía del Cabildo pidiendo CITA PREVIA 

2. Telemáticamente en nuestra Sede Electrónica, identificándose con certificado digital o CL@VE.  En ese caso, se utilizará el trámite de "Sugerencias y Reclamaciones" de la Sede Electrónica para la presentación de su sugerencia o reclamación y no será necesario ratificar. 

Las NO ratificadas en un plazo de 3 días, se darán por desistidas.

 

1. La sugerencia o reclamación debe ser presentada por una persona física, que lo haga en su nombre, o en nombre de una entidad jurídica.

2. Las sugerencias y reclamaciones deberán cumplir los siguientes aspectos:

  • Deberán ser formuladas por escrito y contendrán los datos que permitan la identificación y localización del interesado, a efectos de su notificación, así como el objeto de su sugerencia o reclamación.
  • Deberán ser relativas a un servicio prestado por el Cabildo de Gran Canaria.
  • En el caso de una reclamación deberán referirse a un caso en concreto.

Registro

1. Todas las sugerencias y reclamaciones que se presenten deberán ser registradas en cualquiera de los registros previstos acorde con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de acuerdo con el procedimiento establecido en la Administración Pública del Cabildo de Gran Canaria.

2. El registro de las sugerencias y reclamaciones, recibidas telefónicamente y transcritas por el personal de la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía (OIAC), será posterior a su ratificación por parte del ciudadano.

3. Las sugerencias y reclamaciones anónimas no serán registradas, sin perjuicio de que pueda valorarse de oficio su contenido a efectos estadísticos. 

Para las sugerencias y reclamaciones que se emitan de forma presencial existe un Modelo de solicitud normalizado, que se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias de la Oficina de Información y Atención a la Ciudadanía (OIAC) en la calle Bravo Murillo nº 23 accediendo por la C/ Pérez Galdós. Planta baja del Edificio Anexo a la Casa Palacio en Las Palmas de Gran Canaria. O bien puede ser descargado directamente haciendo click en el siguiente enlace:

Hoja de sugerencias y reclamaciones - 26.jul.2023 - 217,7 kb

CONTACTO
  •  Centralita
  • T. +34 928219421
  • T. +34 928219494
OIAC
  • T. +34 928219229
  • T. +34 928219425
  • oiac@grancanaria.com
  • C/ Bravo Murillo 23-35003
  • Las Palmas de Gran Canaria
  •  
  • Horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, los jueves horario ininterrumpido de 9.00 a 17.00 horas y en verano - julio, agosto y septiembre - de 9:00 a 13:00 horas y los jueves horario ininterrumpido de 9.00 a 16.00 horas